CAPÍTULO I


DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. Denominación.

La Asociación desarrollará sus fines sociales bajo la denominación de “Asociación Española de Enfermería en Anestesia-Reanimación y Terapia del Dolor”, en anagrama A.S.E.E.D.A.R.T.D., como forma abreviada de denominación.


Artículo 2º. Naturaleza jurídica.

La A.S.E.E.D.A.R.T.D., es una Asociación sin ánimo de lucro,  constituida en el año 1.987, y actualmente regulada al amparo del artículo 16.1 de la Ley Orgánica1/2.002, de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación (B.O.E. de 26/03/2002).

La presente Asociación se constituye por tiempo indefinido.


Artículo 3º. Fines de la Sociedad

El objeto o fines esenciales de la Asociación serán:

  • Agrupar profesionales de Enfermería, que presten su labor asistencial en las áreas de anestesia, reanimación y terapia del dolor.
  • Conseguir el reconocimiento académico y profesional para los profesionales de enfermería que desarrollan su labor profesional en el ámbito de Anestesia Reanimación y Terapia del Dolor.
  • La promoción de toda actividad cultural, asistencial y científica entre los mismos, esencialmente de carácter profesional, y a título enunciativo mediante:
  1. Conferencias.
  2. Organización de Congresos y Jornadas.
  3. Coloquios, charlas sobre temas culturales, científicos y profesionales.
  4. Fomento de publicaciones.
  5. Cursos de formación continuada.
  6. Prevención y mantenimiento de la salud de la población.
  7. Investigación y estudio de todas las áreas relacionadas con los cuidados de Enfermería, en Anestesia-Reanimación y Terapia del Dolor.
  • Ostentar la representación de este grupo de profesionales, colaborando con todos los Organismos e Instituciones que establezca la Administración y entidades de tipo particular, relacionadas con la Anestesiología, Reanimación, Terapéutica del Dolor y Especialidades afines.


Artículo 4º.     Domicilio Social y Fiscal

El domicilio de la Asociación se fija en C/ VÍCTOR 2, 6º  48005 BILBAO

El cambio de domicilio implicará modificación de los Estatutos y requiere acuerdo adoptado por la Asamblea General convocada específicamente con tal objeto.


Artículo 5º.
Ámbito Territorial

El ámbito de actuación la A.S.E.E.D.A.R.T.D. comprenderá todo el territorio nacional y para el mejor desenvolvimiento de sus fines se reconocen las Asociaciones Regionales o Autonómicas de Enfermería  en Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del Dolor.  Esta Asociación admite dicha posibilidad, siempre que se integren en la misma, y se constituyan con más de cuarenta socios.